Requisitos para la inscripción en los registros de mediadores de las Comunidades Autónomas
En España la Mediación está regulada por:
– Una ley nacional de mediación civil y mercantil: cumpliendo sus requisitos permite la inscripción en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia.
La Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles y el Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley 5/2012, de 6 de julio establece como requisitos para la inscripción en dicho Registro:
– Tener la nacionalidad española
– Tener formación universitaria de licenciatura, grado o bien Formación Profesional grado superior
– Tener una formación específica en mediación civil y mercantil de mínimo 100 horas de las cuales un 35% sean prácticas
– Tener un seguro de responsabilidad civil
– Leyes autonómicas de mediación familiar o de derecho privado: cumpliendo sus requisitos permite la inscripción el los Registros de cada Comunidad, si los hubiere. Para tener más información pulsa en cada Comunidad: