Información sobre el Registro de Mediadores de la C.A. de Navarra

El Decreto foral que regula la mediación familiar en la Comunidad de Navarra establece como requisitos:

 Las personas mediadoras que desempeñan su trabajo en el Servicio de Mediación Familiar deberán hallarse en pleno ejercicio de sus derechos civiles y acreditar formación específica en materia de mediación familiar con sus correspondientes prácticas, según lo dispuesto en la normativa de aplicación, cuyos títulos estén reconocidos por las correspondientes universidades u otras instituciones, según disponga la legislación vigente, que les proporcionará los necesarios conocimientos jurídicos, psicológicos, de técnicas de comunicación, de resolución de conflictos y negociación, así como de ética de la mediación.

Para la formación se rige en lo dipuesto en  lo previsto en el Título III de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles y en el Capítulo II del Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley 5/2012, de 6 de julio que establece como requisitos:

– Tener la nacionalidad española

– Tener formación universitaria de licenciatura, grado o bien Formación Profesional grado superior

– Tener una formación específica en mediación civil y mercantil de mínimo 100 horas de las cuales un 35% sean prácticas

– Tener un seguro de responsabilidad civil

El Instituto Internacional ProMediación dispone de un curso de mediación que cumple con los requistos establecidos.

El Instituto Internacional ProMediación dispone de un curso de mediación que cumple con los requistos establecidos.