Intervinientes Primera Mesa del Congreso Internacional de Mediación: ¿Qué tiene que hacer la Administración para que la Mediación llegue al Ciudadano?
D. Juan Carlos Cerón Pte. de la Audiencia Provincial de Alicante
D. José García Añón Director Gral. de Reformas Democráticas y Acceso a la Justicia de la Comunidad Valenciana
Dña. Mª del Pilar López Asensio Secretaria General Grupo Gemme España
D. Juan Mejías Juez de Primera Instancia y representante de Gemme en la Comunidad Valenciana
Coordina D. José Ramón Martín Director del Centro de Conciliación y Mediación del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España

Coordinación de la Primera Mesa del Congreso compuesta por representantes de la Administración

La Mesa estuvo coordinada por D. José Ramón Martín, Director del Centro de Conciliación y Mediación del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España que comenzó hablando de la Conciliación introducida por la Ley de Jurisdicción voluntaria del 2015 y atribuida a los registradores en el artículo 103 bis de la Ley Hipotecaria. Tras comentar las diferencias entre la Conciliación y la Mediación, destacó que conciliar entre las partes que lo soliciten es una obligación del Registrador. La Conciliación es un procedimiento autocompositivo y el conciliador a diferencia del mediador puede proponer soluciones y debe ejercer un previo control de legalidad para que pueda ser inscribible o ejecutable. También dejó claro que si bien el registrador no va a imponer la solución, sí que deberá hacer un previo control de legalidad del acuerdo alcanzado.
Es un hecho probado que la Mediación es beneficiosa tanto para ciudadanos como para las Instituciones pero, si admitimos que la Mediación no está llegando al ciudadano, queremos que quienes tienen en su mano la gestión, el control y la posibilidad de difusión de la mediación, nos digan qué más se puede hacer para conseguir ese objetivo.
Necesidad de evolución en la solución de controversias
D. Juan Carlos Cerón, presidente de la Audiencia Provincial de Alicante comenzó diciéndonos que los jueces y tribunales están en contacto permanente con la realidad y saben que las personas que acuden a ellos quieren que se les solucione el problema pero el sistema público de Justicia se basa en que uno gana y otro pierde y la solución viene impuesta. En ocasiones acuden a los tribunales por falta de información ya que es un conflicto de valores, no jurídico.
La sociedad es dinámica y evoluciona con mucha rapidez. El sistema de resolución de conflictos también ha de evolucionar. Es imposible seguir dando las mismas soluciones que hace años. Cuando finaliza el juicio, el justiciable dice que quiere hablar de su problema, esta sensación de frustración les llevó a muchos jueces a interesarse por la Mediación. En Alicante existe un proyecto de Mediación Intrajudicial en juzgados de familia llevado a cabo por el CGPJ y el Colegio de Abogados de Alicante que está teniendo resultados positivos, incluso si no hay acuerdo pues las partes acuden a juicio habiéndose escuchado. En civil y mercantil los resultados son menos positivos que en familia. El CGPJ ha hecho de la mediación uno de sus pilares de actuación, ha protocolarizado la actuación de los tribunales y es recomendables consultar las guías que constan en su página web. Guía para la práctica de la Mediación Intrajudicial
Mejorar la justicia pasa por instaurar la Mediación
Es preciso crear un servicio común de mediación potente que auxilie al juez y en el que el juez pueda a apoyarse. Se precisan reformas legislativas que regulen la mediación de manera más ambiciosa y debería de ser obligatoria la asistencia a la sesión informativa en ciertas materias. Hay que poner en marcha la mediación penal. Hay que facilitar al juez dónde dirigirse para poder derivar. Hay que regular y unificar a nivel nacional para actuar de forma conjunta.
La sociedad tiene que mentalizarse de que la Mediación es una forma de hacer justicia. Igualmente la administración tiene que dar un paso hacia delante. La Mediación es ventajosa para la Administración y ésta debe de abonar la mediación en los supuestos en donde se tenga derecho al turno de oficio. Los operadores jurídicos tienen que entender que cuando se pasa un asunto a Mediación esto no es una dilación indebida, la Mediación tiene que tener su tiempo y tiene que integrarse en el procedimiento judicial. Por último, destacó la importancia de contar con mediadores bien formados.

Los/as letrados/as no pueden perder con la Mediación
Dña. María del Pilar López, Secretaria de Gemme nos habló del proceso judicial y de cómo «el que gana se sentirá satisfecho y el que pierde se sentirá insatisfecho por lo que la relación de las partes, si antes era mala, ahora será mucho peor». A diferencia del proceso judicial, en Mediación las partes pueden hablar tanto de su problema como de otros asuntos sin tener limitada su intervención y pudiéndose resolver temas que nunca podrían resolverse en juicio.
Si admitimos que es mejor acudir a la Mediación que a los Tribunales ¿por qué las partes no se plantean ir a una Mediación antes de acudir a la vía judicial? La principal causa es el desconocimiento por parte de la sociedad pero también la desconfianza ya que las partes piensan que van a ceder en algo que no tienen que ceder y creen que el juez les va a dar la razón todos piensan que la tienen. En este punto, la figura del mediador es muy importante para infundir esa confianza necesaria para acudir al proceso de Mediación.
Un tema importante que habría que solucionar es el de las costas, ya que el letrado piensa que con el pleito va a ganar más que con la mediación. Puso como ejemplo lo que ocurre en Alemania, donde por el sistema de costas, el letrado gana más si llega a un acuerdo que si va a juicio.
La Mediación aborda el conflicto en su totalidad
D. Juan Francisco Mejías nos contó una demanda de liquidación de comunidad de bienes de dos hermanos que tenían una farmacia. Lo que parecía un conflicto de empresa era un conflicto familiar emocional. El tema era abordar el litigio o bien abordar el conflicto en su totalidad. Finalmente decidieron lo segundo y se archivaron otros asuntos judicializados que estaban en marcha. (Para más detalles ver vídeo). El juez tiene la misión de pacificar por lo que más que obligar a las partes, hay que ¨seducirlas¨para que sean ellas las que voluntariamente acudan a ella.
Respecto a qué tiene que hacer la Administración para que la Mediación le llegue al ciudadano, para él es clara: poner recursos, ya que no se puede seguir con el voluntariado. Hay que pasar del Derecho vigente, sino al Derecho viviente. El Derecho es una herramienta de pacificación social y es preciso que quienes tienen la responsabilidad en la aplicación de las leyes lo hagan con pasión. La experiencia demuestra que la obligatoriedad no es eficaz. La obligada conciliación previa a la demanda no sirvió para nada y acabó suprimiéndose. Otra cosa distinta es la obligada asistencia a la sesión informativa en todos los asuntos que el juez haya decidido derivar.
Es fundamental hacer un diagnóstico para determinar si el asunto en cuestión es susceptible de mediación. Quienes derivan, han de saber interpretar el conflicto que tienen delante, no sólo el litigio. Si el litigio es el conflicto eso lo puede resolver el juez, pero cuando el conflicto es más amplio que el litigio se debe solucionar a través de la Mediación. Es importante que haya leyes, que éstas se ejecuten y que finalmente se apliquen con ilusión. Hay que formar ciudadanos capaces de conocer que pueden resolver sus conflictos.
Importancia de la participación activa de los/as letrados/as

Finalmente, D. José García Añón Director Gral. de Reformas Democráticas y Acceso a la Justicia de la Comunidad Valenciana amplió la información ofrecida en la sesión inaugural. La reforma normativa es necesaria para el posterior desarrollo de otros elementos, como son la estructura necesaria con profesionales que gestionen, su espacio físico y finalmente la difusión que palia el desconocimiento y la desconfianza. La calidad se consigue a través de la Institucionalización, con un consejo asesor. Hay que crear grupos de trabajo que señalen los asuntos a derivar en la mediación intrajudicial. En mediación extrajudicial es importante que sean los abogados de las partes quienes informen a sus clientes de los medios alternativos existentes y que de la posibilidad de acudir a una Mediación. Esto permitiría ver otros nichos de mercado y descongestionar los tribunales. (Ver vídeo Inauguración)
